Arbolado urbano de Madrid: Ley de protección -
Está muy bien que se hagan leyes de protección al arbolado, que se normalice su utilización de forma adecuada para evitar futuros problemas, etc., aunque de esto último dice bien poco. Como siempre queda en manos del "técnico competente" el emitir informe favorable para una tala o poda, con lo cual, ante una supuesta denuncia por vulneración de esta ley en alguno de sus apartados siempre les quedará el recurso de "el informe del técnico así lo aconsejaba por tal o cual razones".
Me parece también un poco absurda la generalización de que en cada nuevo aparcamiento en superficie se plante un árbol por cada plaza de aparcamiento, todo ello si se refiere a que la plantación debe hacerse dentro del mismo recinto de aparcamiento, pues efectivamente los árboles podrán darse tortas unos a otros.
Un caso: se quiere hacer un aparcamiento subterráneo en una zona donde hay una arboleda bien establecida, con 200 pies de 50 años de edad estimada cada uno. Supuestamente el contratista que va a realizar la obra, y si aplicamos el texto de la ley, debería plantar, si se opta por eliminar los árboles existentes en el caso de no ser factible su trasplante (eso depende de la especie y de algunas cosillas mas), 10.000 árboles adultos (todo un bosque), que como mínimo mínimo le supondría un coste de 50 millones de las antiguas pesetas el arbolado más el coste de la plantación. Y yo pregunto ¿habrá algún constratista que esté dispuesto a gastarse 50 o 60 millones de pesetas antes de empezar las obras?. ¿No se harán los "chanchullos" necesarios para que el coste sea bastante menor?.
Otro supuesto: La ley dice en lo referente a las nuevas plantaciones que se elegirán especies adaptadas a las condiciones climáticas, edáficas y fitosanitarias locales (esto último de condiciones fitosanitarias locales habría que explicar bien de que se trata porque no está claro), pero no dice nada de nada en lo referente a portes, desarrollo, agresividad de raíces, marcos de plantación, incidencia en alergias sobre la población, frutos molestos o tóxicos, etc., por lo que el tema preventivo para evitar actuaciones futuras de agresión al árbol no se ha tratado en absoluto, salvo que la ley haya querido dejar en manos de las ordenanzas municipales locales estos temas. No se cual fue el espiritu con la que se emitió.
En cualquier caso, y para resumir, me parece excelente que se promulgue una ley de protección del arbolado, y en ese tema es efectivamente bastante pionera en este país que yo sepa, pero lo importante es hacerla cumplir, que es el tema que siempre falla, pues todos sabemos que en España tenemos unas excelentes leyes, reglamentos, ordenanzas, etc., pero el gran problema es que pocas veces las hacemos cumplir como debe ser.
Por eso no es bueno hacer leyes demasiado restrictivas o prohibidoras, porque dificilmente se harán cumplir dada su impopularidad, y ya sabemos lo sensibles que son los políticos ante el voto de los ciudadanos; es mejor, en mi opinión, dictar leyes normalizadoras, que incidadn mucho en la educación paulatina de la sociedad y su concienciación ante los problemas, y que no todo sean régimenes sancionadores.
En este país solemos pasar de la permisividad total a la prohibición estricta, y eso no es bueno. Las cosas requieren un período de adaptación de la sociedad, aunque ello no quita para que también haya un principio de autoridad, siempre necesario en mayor o menor medida.
Bueno, no me enrollo más.
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